Instituto Mexicano del Seguro Social te enseña a realizar la modificación de pensión por finiquito por contraer nuevas nupcias ante el IMSS.
La viuda, viudo, concubina o concubinario pensionado al amparo de la Ley del Seguro Social de 1997, que contraiga matrimonio civil, recibirá finiquito equivalente a tres anualidades de la cuantía de la pensión. Para la Ley del Seguro Social de 1973, el finiquito se otorga a la viuda o concubina.
Los documentos necesarios para realizar el trámite son los siguientes.
El coste del trámite es totalmente gratuito.
El trámite puede realizarse de manera presencial en la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación de adscripción de 8:00 a 15:00 horas, o en el horario ampliado que determine la Delegación.
Enlace | Modificación de Pensión
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