Pensión de viudez para esposa o concubina ante el IMSS en México

El Instituto Mexicano del Seguro Social te permite realizar la pensión de viudez para esposa o concubina ante el IMSS.

#1: Descripción

Eres esposa o concubina de un asegurado o pensionado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y falleció, puedes solicitar la pensión de viudez. Recuerda que si existen dos o más esposas o concubinas, ninguna tendrá derecho a la pensión.

#2: Documentos Necesarios para Realizar el Trámite

Los documentos necesarios para realizar el trámite puedes encontrarlos en el siguiente enlace.

  • http://bit.ly/1Obi9W1

Para efectos de las prestaciones de la Ley del Seguro Social, sólo a falta de esposa tendrá derecho a recibir la pensión la mujer con quien el asegurado vivió como si fuera su marido durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte o con la que hubiere procreado hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.

Adicionalmente deberás presentar los documentos necesarios relacionados con el asegurado o pensionado fallecido.

#3: Dónde se puede realizar el trámite

Este trámite podrás realizarlo en la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación de adscripción de 8:00 a 15:00 horas, o en el horario ampliado que determine la Delegación.

Enlace | Pensión de Viudez para Esposa


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