Procedimiento Arbitral en materia Condominal en CDMX

El Procedimiento Arbitral en materia Condominal en CDMX es la actividad mediante la cual los habitantes de la Ciudad de México que se encuentran frente a un conflicto de carácter condominal no resuelto mediante el Procedimiento Conciliatorio acuerdan someter sus diferencias ante un Árbitro, nombrando para ese efecto a la Procuraduría Social de la Ciudad de México, con el fin de obtener un Laudo Arbitral.

Procedimiento Arbitral en Materia Condominal

Este procedimiento Arbitral en Materia Condominal sigue los siguientes pasos para ser realizado y materializado.

  • Actor: Servidor público: Concluido el Procedimiento Conciliatorio sin que medie acuerdo entre las partes, el Conciliador exhortará a que solucionen su conflicto mediante el Procedimiento Arbitral
  • Actor: Ciudadano: Ambas partes manifiestan su consentimiento para someterse al Arbitraje y firman carta de compromiso arbitral en la que señalan la fecha de la audiencia de fijación de reglas del procedimiento
  • Actor: Servidor público: Acuerda la fecha para la Audiencia de fijación de reglas del procedimiento, misma que se celebra en la fecha establecida
  • Actor: Ciudadano: Presenta demanda en los términos acordados en la audiencia de fijación de reglas del procedimiento
  • Actor: Servidor público: Acuerda la admisión de la demanda y ordena el emplazamiento y notificación a la parte demandada
  • Actor: Ciudadano: La parte demandada da contestación, opone excepciones y defensas de la demanda
  • Actor: Servidor público: Acuerda la admisión y recepción de pruebas fijando fecha para su desahogo
  • Actor: Ciudadano: En la fecha señalada mediante acuerdo, las partes se presentan a la celebración de la audiencia de desahogo de pruebas y alegatos, en la que manifiestan lo que a su derecho convenga
  • Actor: Servidor público: Dentro de los siete días posteriores a la celebración de la audiencia de desahogo de pruebas y alegatos, emite Laudo Arbitral, mismo que se ordena notificar personalmente a ambas partes

El servicio lo solicitan los Condóminos o poseedores, Administradores o Integrantes del Comité de Vigilancia o algún otro Comité dentro del Condominio.

Enlace | CDMX


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