Programa Interno de la Protección Civil en Ciudad de México

El Programa Interno de la Protección Civil en Ciudad de México permite salvaguardar la integridad física de los habitantes, los empleados y las personas.

A la Quién se Dirige el Programa Interno

Este trámite es para propietarios o poseedores de inmuebles destinados a vivienda plurifamiliar y conjuntos habitacionales, administradores, gerentes o propietarios de inmuebles en los que se realicen actividades de las enunciadas en el Art. 24 del Reglamento de la Ley de Protección Civil para el Distrito Federal.

Los requisitos para entrar en el Programa Interno de la Protección Civil en Ciudad de México son los siguientes.

  • Formato PC – 02, debidamente requisitado con los siguientes documentos en original y copia simple: Carta de responsabilidad formulada por la empresa y/o de corresponsabilidad expedida por Terceros Acreditados (empresas capacitadoras, de consultoría y estudio de riesgo vulnerabilidad e instructores profesionales independientes) que tengan registro ante la Secretaría de Protección Civil del D. F.
  • Lineamientos de capacitación
  • Tratándose de empresas de mediano y alto riesgo deberán presentar además: Póliza de seguro vigente de cobertura amplia de responsabilidad civil y daños a terceros, acreditar los términos de referencia en materia de protección civil

El procedimiento para ser beneficiario del Programa Interno es el siguiente.

  • El interesado o su representante acude a la Ventanilla Única Delegacional (VUD), o bien realiza llamada solicitando requisitos para la realización de su trámite
  • Una vez que el solicitante reúne los requisitos y documentación, se presenta a la VUD, a solicitar el trámite
  • En la VUD reciben y revisan su documentación si esta completa y correcta, registran en el Libro de Gobierno la solicitud, entregan al usuario un comprobante de la realización del trámite (acuse) y turnan el expediente al área operativa
  • En su revisión, si el área operativa determina que el expediente no cumple, podrá requerir al solicitante documentación adicional, dándole cinco días para entregarla, si en este lapso el usuario no acude, la solicitud se dará por no presentada
  • El área operativa, procederá al análisis de la solicitud y sus anexos y de estimar procedente expedirá la autorización solicitada
  • El solicitante acude a la VUD en el tiempo establecido para dar respuesta a su solicitud a recoger el resultado de su petición

El padrón de Terceros Acreditados puede ser consultado en la página Web del Gobierno del Distrito Federal: www.df.gob.mx, o gratuitamente en las instalaciones de la Secretaría de Protección Civil.

Enlace | CDMX


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